lunes, 28 de agosto de 2023

MONITOREO DE MEDIOS 28 DE AGOSTO (LIMA)

 

CAMBIOS EN SANCIONES A EMPRESAS QUE SUPEREN LOS LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES

De acuerdo con una reciente sentencia de la Corte Superior de Lima, las empresas pueden ser sancionadas por potenciales daños al medio ambiente si es que exceden los límites máximos permisibles (LMP). Anteriormente, la normativa ya había señalado que una empresa podía ser multada por exceder estos límites, los cuales fueron establecidos de manera concreta en el 2010, por un monto proporcional al monto excedido. Sin embargo, ahora la Corte Superior indica que además de dicha sanción, superar los LMP (que se acreditan con los reportes de monitoreo) otorga indicios al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) acerca de un potencial daño al medio ambiente, por lo que superarlos ahora traería consecuencias mayores a solo la multa inicial. ( Gestión Pág. 15 )

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